Repercusiones institucionales del recorte de incumbencias profesionales del título de Arquitecto.

Repercusiones institucionales del recorte de incumbencias profesionales del título de Arquitecto.

Por Andres Muñoz, arq.

¿Queres saber que dijeron las instituciones del recorte de incumbencias profesionales del título de Arquitecto? Acá te mostramos una síntesis de los últimos comunicados.
 
A poco más de un mes de la polémica Resolución 1254/2018 del Ministerio de Educación que modificó las incumbencias profesionales de, entre otros, los Arquitectos ya se han pronunciado los principales organismos que los nuclean y los forman.
En general, en ellos se detectan dos posturas, cuanto menos antagónicas en su calibre y grado de preocupación. Las entidades que nuclean a los arquitectos han demostrado su enérgico rechazo mientras que los organismos formadores de futuros arquitectos tratan de llevar calma al indicar que el cambio tiene que ver con un reacomodamiento o redefinición de las tareas que unívocamente corresponden a determinados títulos.
En la práctica esto implicaría que se mantienen los alcances de los títulos actuales y las actividades hasta la fecha realizadas pueden seguir siendo realizadas sólo que no de manera “exclusiva” por la profesión que hasta la fecha lo ejercía. Sin embargo, el punto de las Entidades Profesionales es justamente ese, la “ausencia” de aquellas incumbencias es un antecedente que va en detrimento de las tareas que pueden desarrollar sus afiliados.
 

Por si no lo habías visto, acá podés leer la Resolución.

Y acá el listado de las incumbencias actualizado.

 
El CPAU, Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, ha realizado una serie de acciones que van desde pronunciamientos hasta elevación de notas a las autoridades correspondientes.
Ante la pregunta: ¿Cómo es que el CPAU no sabía que esto estaba por suceder?, ellos declaran que:

“Nunca nos invitaron a trabajar en éste tema ni nos consultaron sobre la redacción final de la resolución, a pesar del cambio que podría significar para el ejercicio de nuestra profesión.”

Y consecuentemente con el disconfort que les genera el cambio, elevaron un reclamo al Ministerio de Educación, a través de una nota firmada por los arquitectos Augusto M. Penedo y Roberto Busnelli, respectivamente Presidente y Secretario del CPAU. Allí emplean fuertes términos, manifestando la:

“firme oposición (…), solicitando la INMEDIATA REVISIÓN DE SUS TÉRMINOS, por considerar que el contenido temático que se expresa en las actividades reservadas exclusivamente  para el título de ARQUITECTO, no resulta completamente inclusivo de las cuestiones que atañe a la ARQUITECTURA y atenta contra el ejercicio profesional de la disciplina.”

Señalan entre los problemas principales de la norma que no fue realizada con el mismo conceso plural de la anterior y la omisión de algunas actividades como la “ejecución de obras de arquitectura, las pericias y las tasaciones de obras de arquitectura, planificación urbana, entre otras”.
 
Acá podés ver y leer la Nota entera del CPAU al Ministerio.
 
El Consejo continúo sus acciones con el pedido de suspensión de la Resolución 1254/2018 hasta tanto no se trate en una Comisión formada por la CIN, Consejo Interuniversitario Nacional, (quienes redactaron la norma) y los Consejos y Colegios para aclarar, desambiguar y tratar mejor el tema.
 
La SCA, Sociedad Central de Arquitectos, ha rechazado categóricamente la Resolución 1254/18 por:

“considerarlos atentatorios contra el ejercicio profesional que hasta el momento garantizaban las incumbencias del título de Arquitecto”

al limitar -por omisión- las posibilidades de desempeño laboral y denuncia la ausencia de participación de los Consejos y Colegios en la misma. Hace referencia a la posición de FADEA, CPAU y la Universidad Nacional de Córdoba.
 
Acá podés ver el comunicado de la SCA.
 
Fadea, Federación Argentina de Entidades de Arquitectos, tituló su posteo en su página web como “Enérgico Rechazo”, poniendo en contexto que a una Resolución que “vulnera los derechos de los argentinos en general y de los profesionales liberales”. Indicando que se encuentran en estudio las estrategias administrativas y judiciales para que no obtenga vigencia la mencionada Norma.
 
Acá podés leer el comunicado de FADEA.
 
El CIN ha subido a su página web  también una declaración ante las repercusiones de la medida, que incluye algunas aclaraciones, precisando que:

“Las actividades profesionales para las que habilitan los títulos con reconocimiento oficial son fijados por las instituciones universitarias en ejercicio de su autonomía académica e institucional (Art. 29° y Art. 42° de la LES)”

Indicando así que los “alcances” de los títulos son determinados por las casas de estudios y que las “incumbencias” o “actividades reservadas” de títulos de interés público -que puedan tener consecuencias directas sobre la población- deben ser reguladas por el Estado. Cuentan cómo es que se llegó a la necesidad de hacer esta reforma y explican que

“en este trabajo se mantuvo un diálogo permanente con asociaciones de facultades y carreras y se contó con el asesoramiento de expertos propuestos por distintas universidades en cada área”

Entre esos profesionales está el Decano de la Universidad de Córdoba, nada menos que su Presidente, que fue instado por su Institución a dar de baja la Resolución.
 
Acá podés leer el comunicado entero del CIN.
 
La UBA, Universidad de Buenos Aires, en una Resolución, refuerza la cuestión de que “el ejercicio profesional no está afectado por esta Resolución” y la declara “inaplicable” en la UBA, a partir de que “no puede limitar las incumbencias profesionales establecidas oportunamente en sus planes de estudio”. Con lo cual tira por tierra cualquier especulación. Sin embargo, la propia CIN declara que las nuevas “actividades reservadas” serán aquello que será exigible en la formación y el resto no, depende de la voluntad de la institución.
 
Acá podés leer la Resolución de la UBA.
 
¿Qué dijo la FADU al respecto? La Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo ha realizado una Declaración donde empieza diferenciando los “alcances” de las “actividades reservadas”, tal como lo hace el Comunicado de la CIN, donde concluye que las “competencias profesionales” no se modifican, pero observa que:

“sobre ciertas actividades que las carreras de arquitectura incluyen en sus planes de estudios, no aparecen mencionadas en esta nueva configuración de actividades reservadas, ni tampoco como actividades reservadas en ninguna otra carrera”

Es así que piden una discusión más profunda al respecto debido a su importancia para lo sociedad. O sea que para la FADU, la preocupación es que sacaron “competencias” pero no se las dieron a ninguna otra especialidad.
 
Acá podés leer el Comunicado de la FADU.
 
Las Entidades Gremiales Docentes siguen denunciando que el recorte a las incumbencias implica una “privatización de los contenidos”, que ahora pasarían a los postgrados. La relación es clara, al no estar exigido por la Ley, ya no es más estrictamente necesario impartir ese conocimiento en el grado. No quiere decir que esto pase ahora, pero entra en el mismo tipo de “antecedente” o “omisión” que menciona la SCA en su Comunicado.
Aún sin respuesta de parte del Ministerio, los organismos profesionales como FADEA, CPAU y SCA prometen realizar acciones judiciales, quedando entonces en manos de ellos o de la voluntad de la CIN la reapertura del diálogo en instancia colaborativa o directamente judicial.
 
Acá podés leer las primeras repercusiones.

Ser Arquitecto ahora tiene menos incumbencias profesionales


 

26 junio 2018 / by / in

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