La suspensión judicial del agitado tratamiento de los Códigos de Edificación y Urbanístico.

La suspensión judicial del agitado tratamiento de los Códigos de Edificación y Urbanístico.

por Andres Muñoz arq.

 
Los Nuevos Códigos Urbanístico y de Edificación se vienen trabajando en el último tiempo a través de la elaboración de sucesivos borradores que demuestran un proceso de cambios con ausencias en algunos casos y de significativas simplificaciones en otros.
 
Acá está la última versión disponible del Código de Edificación.
 
y acá la última versión disponible del Código de Planeamiento, ahora Código Urbanístico.
 
Desde distintos medios especializados se han alzado voces críticas en relación a distintas temáticas como el tratamiento de lo patrimonial, lo sustentable o incluso se ha cuestionado la verdadera necesidad del cambio, considerándolo también como un simple arreglo cosmético.
Desde ONGS y Organizaciones Barriales, se vienen presentando una serie de reclamos y denuncias que van desde obras irregulares -sobre todo de edificios que superan la altura límite actualmente permitida- hasta denuncias de ausencias de edificios a la fecha resguardados con algún tipo de protección patrimonial en diferentes barrios de la ciudad y en lotes de gran provecho inmobiliario.
A principios del corriente mes, la autodefinida “organización social independiente con carácter interdisciplinario”, Observatorio del derecho a la ciudad y la Asociación por la Justicia Ambiental han interpuesto un amparo reclamando la realización de una Audiencia Pública antes del tratamiento legislativo de los proyectos de ley N° 849-J-2018 (Código Urbanístico) y 1058-J-2018 (Código de Edificación).
 
Acá podés leer más sobre ONG.
 
La realización de la audiencia es obligatoria en los términos del Artículo Nº 63 de la Constitución de la Ciudad, tal cual lo expresa la propia Ley:

“…es obligatoria (la convocatoria a audiencia pública) antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos.”

En este sentido, se cumple el objetivo de monitorear las políticas públicas y las actividades privadas en el ámbito de la ciudad, presente en el Manifiesto del “Observatorio del derecho a la ciudad” advirtiendo una muy grave falta procedimental. El propio abogado de la ONG, Jonatan Baldiviezo, denuncia además un favorecimiento a los empresarios inmobiliarios y la anuencia, a través de figuras como la “compensación volúmetrica”, a la violación de los términos del que pasaría a ser “ex Código de Planamiento Urbano” produciendo una invasión del pulmón de manzana o construyendo un edificio de más pisos de altura de lo actualmente permitido, por ejemplo.
La presentación derivó en una Sentencia Precautelar, que atenta a lo que expresa lo indicado por las ONGS y la falta de convocatoria insta a la Legislatura a dar cuenta de si se han cumplido los procedimientos parlamentarios correspondientes, suspendiendo el tratamiento legislativo de los Códigos, “…hasta tanto la parte demandada informe (…) el estado parlamentario de los mismos, sus antecedentes y si efectivamente se ha convocado a audiencia pública previo a su tratamiento legislativo…”.
La polémica recién empieza y esto, si bien es minimizado desde el Gobierno, habla del desconocimiento de la Ley y de sus formalidades al tiempo que abre la sospecha frente a un agitado tratamiento que impide la expresión de la opinión pública en un asunto que nos atañe a todos.
 
Acá podés leer la Sentencia Precautelar completa.
 

15 agosto 2018No comments

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